Normas y recomendaciones de uso del rocódromo

Carcastillo May 16, 2022 at 1:49 PM

1- INSTALACIÓN

La denominación de rocódromo, de forma genérica, define a toda la estructura para escalar instalada en la parte posterior del frontón municipal, diferenciando dos espacios diferentes:

Zona de vías: Supera los 3 metros de altura (delimitados con lona) y se encuentra equipada con anclajes de seguridad. Sólo estará permitido escalar en este espacio con cuerda y equipación, siguiendo los requisitos mínimos de seguridad definidos en la presente normativa.

Zona de bloque (boulder): No supera los 3 metros de altura y puede escalarse sin cuerda, siendo recomendable la protección de un compañero acompañando en la zona de caída.

Los anclajes de seguridad se diferencian en dos tipos:

• Las “chapas” o anclajes individuales, en los que se colocarán las cintas exprés para progresar como primero de cuerda. Será obligatorio emplear todos los seguros que se encuentren en el recorrido de la vía escalada, no pudiendo emplear mosquetones individuales para chapar.

• Los “descuelgues” y reuniones dispondrán, al menos, de dos puntos de anclaje que siempre deberán encontrarse unidos entre sí al escalador, y que serán empleados para descolgarse tras ascender la vía de primero.

Las estructuras para el agarre o el apoyo se diferenciarán entre:

• Presas: formaciones instaladas a la estructura mediante tornillos, susceptibles de ser modificadas de posición y lugar exclusivamente por personal autorizado.

• Formas de la estructura: todas aquellas propias de la estructura que no son sustituibles o removibles.

Zona de caída: Todo el espacio que puede ocupar el escalador en su caída, recubierto de gravilla, que estará libre de cualquier elemento que pueda dañar al escalador en la caída.

2- ACCESO

2.1- El acceso a la instalación será libre. Para la Zona de Vías, debido a la particularidad de la instalación, especialmente tratándose de una actividad de riesgo, se recomienda reunir los siguientes requisitos:

- Disponer del carné de federación de montaña.

- Las personas escaladoras con edad cumplida entre 16 y 17 años, podrán acceder en solitario a la práctica de escalada en la instalación, si previamente han registrado en el Ayuntamiento la autorización expresa de sus padres/madres/tutores para ello.

- Las personas escaladoras con edad inferior a 16 años, únicamente podrán acceder en compañía, y bajo supervisión y responsabilidad, de una persona mayor de edad federada en montaña. Así mismo, previamente habrán registrado en el Ayuntamiento la autorización expresa de sus padres/madres/tutores.

2.3- El acceso a las instalaciones supone la aceptación de las presentes Recomendaciones de Uso. El incumplimiento malintencionado de cualquiera de las mismas puede ser motivo de sanción municipal.

2.4- La escalada es una actividad no exenta de riesgo, por lo que toda la persona que haga uso del Rocódromo asume bajo su responsabilidad, poseer la preparación mínima necesaria para la práctica de la escalada.

3- USUARIOS

3.1- El uso del rocódromo, y las consecuencias que pudieran derivar del uso inadecuado del mismo, son exclusiva responsabilidad de la persona usuaria, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad sobre lesiones y accidentes producidos como consecuencia de la práctica deportiva.

3.2- Todo usuario que pretenda hacer uso de la instalación deberá haber firmado un consentimiento informado por el cual declara conocer los riesgos que conlleva la práctica de escalada en este tipo de instalación. El impreso para ello estará a disposición en el Ayuntamiento.

4- RECOMENDACIONES DE CARÁCTER GENERAL

4.1- Se recomienda que la parte baja del Rocódromo permanezca libre de cualquier material, mochilas u otros objetos que no sean imprescindibles para el desarrollo seguro de la escalada y que pudieran acrecentar riesgo de lesión ante una posible caída del escalador.

4.2- Los usuarios de la instalación han de responsabilizarse de recoger cualquier residuo generado. Se recomienda preferentemente el uso de magnesio líquido, utilizando, en cualquier caso, la cantidad mínima posible para no deteriorar la adherencia de las presas y las formas.

4.3- El Ayuntamiento de Carcastillo, con asistencia del Área de Deportes, podrá modificar las normas y condiciones de uso de la instalación, previa información pública a su entrada en vigor.

5- NORMAS DE CARÁCTER ESPECÍFICO

5.1- No escalar bajo o sobre la vertical de otra persona escaladora.

5.2- Subir y bajar por la misma vía.

5.3- Es oportuno que la primera persona escaladora de la cordada deba asegurarse a todos los puntos de seguridad con que está equipada la vía.

5.4- No manipular (mover, quitar o poner) las presas o anclajes de su emplazamiento. Cualquier sugerencia o propuesta al respecto habrá de trasladarse al Ayuntamiento para su estudio y resolución.

5.5- Queda prohibido superar o andar por la zona superior del rocódromo.

5.6- El material que se utilice para la escalada deberá estar homologado por las normas CE-UIAA (Unión Internacional de Asociaciones de Alpinismo).

5.7- Para el uso de la VIA es obligatorio el uso del siguiente material: arnés, casco, cuerda, dispositivo de seguro auto bloqueante (GRIGI), mosquetones de seguridad en las maniobras de aseguramiento, conjuntos de cintas exprés.

5.8- Se recomienda el uso de calzado adecuado (Pies de gato) y, en todo caso, no utilizar el mismo calzado con el que se proviene de la calle, aun siendo deportivo.

Consentimiento Informado

Consentimiento informado menores

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